El Programa tiene por objetivo controlar la venta de productos veterinarios por canales digitales a fin de detectar operaciones que no cuenten con la inscripción correspondiente.
El SENASA comunicó que comenzaron las actividades del Programa de Fiscalización y Monitoreo en medios digitales creado el 29 de abril de 2020 mediante la Resolución SENASA N° 344 y que fuera publicada en el Boletín Oficial el 4 de mayo del corriente. El programa tiene por objeto detectar anuncios o avisos publicitarios efectuados por usuarios de los sitios web, que pudiesen hallarse en infracción a la normativa sanitaria vigente en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27.233 y su Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-776-APN-PTE del 19 de noviembre de 2019.
De esta manera el SENASA amplía su órbita de acción y su labor de fiscalización en medios electrónicos, que comenzara a realizarse en el año 2019 mediante la ejecución del Convenio de cooperación firmado con la plataforma Mercado Libre.
A tal efecto se recuerda que el 5 de diciembre de 2019 se puso en vigencia la Resolución RESOL-2019-1642-APN PRES#SENASA que establece el Marco Regulatorio Productos Veterinarios. Dicho marco actualiza los requerimientos para el registro y comercialización de productos veterinarios y apunta, mediante su artículo 35º Inciso D, a formalizar los canales comerciales de productos veterinarios, donde el profesional veterinario cumple un rol fundamental dada la competencia de su profesión. Dicho articulo declara: «se prohíbe la comercialización de productos veterinarios mediante canales de comercialización electrónica a personas humanas o jurídicas que no se encuentren inscriptas como distribuidores de productos veterinarios ante la autoridad competente, a excepción de aquellos categorizados como “venta libre” (CATEGORÍA V), encuadrados en el Inciso e) del Artículo 33 de la presente resolución.”
El incumpliendo de lo establecido por la citada normativa es pasible sanciones previstas por la Ley 27.233, que en su capítulo V establece apercibimientos públicos o privados, multas de hasta diez millones ($10.000.000) de pesos; la suspensión de hasta un año o cancelación de la inscripción de los respectivos registros; y la clausura temporaria o definitiva de los establecimientos.
Por todo lo expuesto, se recomienda a todos los profesionales veterinarios que posean dominios web mediante los cuales comercialicen productos veterinarios, revisar y adecuar el contenido de sus respectivos sitios a los efectos de evitar sanciones.